¿Te han regalado —o te vas a comprar— una carabina o una pistola de aire comprimido y no sabes si hay que registrarla? Es una de las preguntas que más nos hacen en el mostrador, sobre todo al acercarse la Navidad y en verano. La respuesta corta: para la inmensa mayoría de las carabinas y pistolas de aire que se venden en España no necesitas licencia, pero sí una tarjeta de armas que expide tu ayuntamiento. En esta guía te explicamos, como armeros, qué es exactamente esa tarjeta, la diferencia entre la tipo A y la tipo B, qué papeles hacen falta y cómo tramitarla en Granollers y el Vallès Oriental.

¿Necesito licencia para una carabina de aire comprimido?
No, salvo que el arma sea muy potente. El Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993) clasifica las armas accionadas por aire u otro gas comprimido en la 4ª categoría siempre que la energía del proyectil en la boca del cañón no supere los 24,2 julios. Para tener un arma de 4ª categoría no hace falta licencia de la Guardia Civil, pero sí la tarjeta de armas que concede el alcalde de tu municipio.
Prácticamente todas las carabinas y pistolas de aire comprimido, CO2 y muelle que se usan para tiro recreativo (el llamado plinking), tiro al blanco o field target están por debajo de ese límite y entran en la 4ª categoría. Solo las que superan los 24,2 julios cambian de categoría, como veremos más abajo.
Qué es la tarjeta de armas de 4ª categoría
La tarjeta de armas es el documento que acredita que esa carabina o pistola de aire es tuya y que la tienes registrada. No la expide la Guardia Civil, sino el ayuntamiento donde estás empadronado, y se tramita en un impreso oficial en el que figuran tus datos y los del arma (marca, modelo, número de serie y calibre). Cada impreso recoge hasta seis armas.
A diferencia de una licencia de armas de fuego, aquí no hay examen ni psicotécnico: basta con presentar la documentación. Eso sí, el ayuntamiento puede denegarla o limitarla en función de los antecedentes y la conducta del solicitante.
Tarjeta tipo A y tarjeta tipo B: en qué se diferencian
El Reglamento divide la 4ª categoría en dos subgrupos, y a cada uno le corresponde un tipo de tarjeta:
- Tarjeta A (categoría 4ª.1): para «carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción» accionados por aire o gas comprimido. Es decir, las armas de repetición o semiautomáticas.
- Tarjeta B (categoría 4ª.2): para «carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple». Es decir, las armas de un solo disparo o de acción simple.
La diferencia práctica más importante está en el número de armas que ampara cada tarjeta y en su caducidad:
| Tarjeta A | Tarjeta B | |
|---|---|---|
| Subcategoría | 4ª.1 (repetición / semiautomáticas) | 4ª.2 (un solo tiro / acción simple) |
| Nº máximo de armas | Hasta 6 | Sin límite |
| Validez | 5 años (se renueva) | Permanente |
| Quién la concede | El alcalde de tu municipio de empadronamiento | |

El límite de los 24,2 julios: cuándo deja de ser 4ª categoría
Este es el punto que más confusión genera. Si una carabina de aire comprimido —normalmente una PCP de alta potencia— supera los 24,2 julios de energía en boca, deja de ser de 4ª categoría y pasa a estar asimilada a escopeta dentro de la 3ª categoría (3ª.3). En ese caso ya no basta la tarjeta de armas: necesitas una licencia de armas, con su examen y sus trámites ante la Guardia Civil.
Por eso conviene no «trucar» ni subir la potencia de una carabina pensada para quedar por debajo del límite: además de ser peligroso, te saca de la 4ª categoría y te mete en un terreno que exige licencia. Si tu idea es dar el salto a armas de mayor potencia o al tiro reglado, te interesa leer cómo empezar en el tiro deportivo desde cero.
Documentación y requisitos para pedir la tarjeta
Los requisitos pueden variar ligeramente de un ayuntamiento a otro, pero en general necesitarás:
- Solicitud o instancia en el impreso oficial, con tus datos y los del arma (marca, modelo, número de serie y calibre).
- DNI en vigor (o documento equivalente).
- Factura de compra del arma expedida por una armería, donde consten esos datos. Este es el papel que te entregamos nosotros al comprarla.
- Certificado de antecedentes penales (se solicita en la Gerencia Territorial de Justicia). Si ya tienes otra licencia de armas en vigor, suele bastar con una copia de ella.
- Justificante del pago de la tasa municipal, si tu ayuntamiento la cobra: muchos aplican una tasa pequeña y otros la expiden gratis.
En cuanto a la edad, la tarjeta puede expedirse a nombre de mayores de 14 años; los menores deben usar el arma siempre bajo la supervisión de una persona adulta responsable.
Cómo tramitarla en Granollers y el Vallès Oriental
En Granollers y en los municipios del Vallès Oriental la tarjeta se solicita en el ayuntamiento —a través de la Policía Local o de la Oficina de Atención al Ciudadano— y, cada vez más, mediante instancia en la sede electrónica municipal. El procedimiento es el que acabamos de describir: presentas la solicitud con tu DNI, la factura del arma y el certificado de antecedentes penales, y el ayuntamiento resuelve.
Como la tarjeta la concede tu municipio de empadronamiento, el primer paso es tener clara la factura con todos los datos del arma. Si la compras con nosotros, te la entregamos preparada para que solo tengas que adjuntarla a la instancia; y si tienes dudas con el impreso o con qué tipo de tarjeta te corresponde (A o B), te orientamos en la armería.
Transporte y uso: qué puedes hacer y qué no
La tarjeta ampara la tenencia del arma. Para llevarla de casa al campo o a la galería, transpórtala siempre descargada, enfundada o en su maletín y separada de los balines, y ve directo del punto de origen al de destino. No se puede portar un arma de aire de forma injustificada por la vía pública, ni dispararla en zonas urbanas o cerca de viviendas, caminos y personas.
Para practicar, usa terrenos privados con permiso del titular o, mejor aún, una galería o campo de tiro autorizado, donde podrás disparar con seguridad y bajo supervisión. Si quieres dar el paso al tiro deportivo con licencia, en el Club de Tir Precisió Granollers —donde está nuestra armería— te explicamos cómo federarte y empezar a tirar.
Qué balines y accesorios necesitas
Una vez registrada tu carabina o pistola, solo te hará falta munición (balines del calibre 4,5; 5,5 o 6,35 mm según tu arma), dianas y un cazabalines. Los balines de calidad —de marcas como H&N— los tienes desde menos de 5 € la lata, y marcan una gran diferencia en precisión frente a los más baratos. Los balines, las dianas y los accesorios no requieren tarjeta ni licencia: se venden libremente.
Preguntas frecuentes
¿Necesito licencia para una carabina de aire comprimido?
No, si su energía en boca no supera los 24,2 julios: es un arma de 4ª categoría y solo necesita la tarjeta de armas del ayuntamiento. Si supera los 24,2 julios pasa a 3ª categoría (asimilada a escopeta) y entonces sí hace falta licencia de armas.
¿Dónde se tramita la tarjeta de armas?
En el ayuntamiento donde estás empadronado, normalmente a través de la Policía Local o la Oficina de Atención al Ciudadano, y cada vez más por la sede electrónica municipal. La concede el alcalde.
¿Qué diferencia hay entre la tarjeta A y la tarjeta B?
La tarjeta A es para armas de aire de repetición o semiautomáticas (categoría 4ª.1): ampara hasta 6 armas y caduca a los 5 años. La tarjeta B es para armas de un solo tiro o de acción simple (categoría 4ª.2): no tiene límite de armas y su validez es permanente.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la tarjeta de armas?
Depende del ayuntamiento: muchos la expiden gratis y otros aplican una tasa pequeña; el gasto principal suele ser el certificado de antecedentes penales. El plazo de resolución es de unas semanas desde que presentas toda la documentación.
¿Puedo transportar la carabina sin la tarjeta?
No conviene: la tarjeta es lo que acredita que el arma es tuya. Cuando la lleves al campo o a la galería, transpórtala descargada, enfundada o en su maletín y separada de los balines, directa del punto de origen al de destino.
Fuentes consultadas
Datos contrastados el 5 de noviembre de 2026 · Contrastado con el Reglamento de Armas (RD 137/1993) publicado en el BOE, con la clasificación de armas y las tarjetas de armas del Ministerio del Interior, y con el trámite municipal de la sede electrónica del Ajuntament de Granollers.. La normativa cambia: ante cualquier trámite, confirma siempre en la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
- BOE — Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), texto consolidado — Clasificación de armas: categorías 3ª y 4ª y el límite de 24,2 julios de energía del proyectil en boca.
- Ministerio del Interior — Clasificación de armas — Descripción oficial de las categorías de armas reglamentadas.
- Ministerio del Interior — Tarjetas de armas — Tarjetas de 4ª categoría tipo A y tipo B, número de armas y validez.
- Ajuntament de Granollers — Seu electrònica — Trámite municipal para solicitar la tarjeta de armas de 4ª categoría.


